La fiscalización tributaria en Ecuador: análisis crítico de las facultades de control,
los mecanismos de determinación y el equilibrio entre la eficiencia recaudatoria y
los derechos del contribuyente.
Tax Auditing in Ecuador: A Critical Analysis of Control Powers, Assessment
Mechanisms, and the Balance Between Revenue Collection Efficiency and Taxpayer
Rights.
A fiscalização tributária no Equador: análise crítica das competências de controle, dos
mecanismos de determinação e do equilíbrio entre a eficiência arrecadatória e os
direitos do contribuinte.
Jonathan Eduardo López Poveda
Universidad Católica Santiago de Guayaquil
Ecuador
info@lopezygomez.com
https://orcid.org/0009-0009-7058-4279
Nathalie Fernanda Gómez Suárez
Universidad Católica Santiago de Guayaquil
Ecuador
gerencia@lopezygomez.com
https://orcid.org/0009-0002-2227-7599
Forma de citación en APA, séptima edición.
López, J., y Gómez, N. (2026). La fiscalización tributaria en Ecuador: análisis crítico de las facultades de
control, los mecanismos de determinación y el equilibrio entre la eficiencia recaudatoria y los
derechos del contribuyente. Revista Ibero Research, 1(6), 1–36.
Fecha
de
presentación:
03/07/2026
Fecha
de
aceptación:
08/07/2026
Fecha
de
publicación:
09/07/2026
1
Resumen
La fiscalización tributaria constituye una función esencial para sostener el
financiamiento público y asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, el
objetivo de esta investigación fue analizar críticamente las facultades de control, la
determinación tributaria, los procedimientos de fiscalización y el equilibrio entre
eficiencia recaudatoria y derechos del contribuyente en Ecuador, se desarrolló un
estudio documental con enfoque cualitativo y apoyo cuantitativo descriptivo, basado en
normativa tributaria, literatura especializada y estadísticas oficiales del Servicio de
Rentas Internas, los resultados muestran que el fortalecimiento de controles digitales y
actos determinativos puede mejorar la recaudación, aunque exige procedimientos
motivados, proporcionales, transparentes y revisables, se concluye que la eficiencia
fiscal sólo resulta legítima cuando se articula con seguridad jurídica, información
suficiente, plazos claros y defensa efectiva.
Palabras clave: control administrativo, procedimiento fiscal, recaudación, debido
proceso, seguridad jurídica.
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Abstract
Tax auditing is an essential function for sustaining public financing and ensuring
compliance with fiscal obligations, the objective of this research was to critically
analyze control powers, tax assessment, audit procedures, and the balance between
revenue collection efficiency and taxpayer rights in Ecuador, a documentary study was
conducted with a qualitative approach and descriptive quantitative support, based on tax
regulations, specialized literature, and official statistics from the Internal Revenue
Service, the results show that stronger digital controls and assessment acts may improve
revenue collection, although they require reasoned, proportional, transparent, and
reviewable procedures, it is concluded that fiscal efficiency is legitimate only when
linked to legal certainty, sufficient information, clear time limits, and effective defense
mechanisms.
Keywords: administrative control, audit procedure, revenue collection, due process,
legal certainty.
3
Resumo
A fiscalização tributária constitui uma função essencial para sustentar o financiamento
público e assegurar o cumprimento das obrigações fiscais, o objetivo desta pesquisa foi
analisar criticamente as competências de controle, a determinação tributária, os
procedimentos de fiscalização e o equilíbrio entre eficiência arrecadatória e direitos do
contribuinte no Equador, foi desenvolvido um estudo documental com abordagem
qualitativa e apoio quantitativo descritivo, baseado na legislação tributária, na literatura
especializada e em estatísticas oficiais do Serviço de Rendas Internas, os resultados
mostram que o fortalecimento dos controles digitais e dos atos de determinação pode
melhorar a arrecadação, embora exija procedimentos fundamentados, proporcionais,
transparentes e revisáveis, conclui-se que a eficiência fiscal é legítima quando
articulada com segurança jurídica, informação suficiente, prazos claros e defesa efetiva.
Palavras-chave: controle administrativo, procedimento fiscal, arrecadação, devido
processo, segurança jurídica.
4
Introducción
La fiscalización tributaria representa una de las expresiones más sensibles del poder
público, porque permite comprobar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y al
mismo tiempo incide de manera directa en la esfera patrimonial, documental y
procedimental de las personas obligadas, por esta razón su análisis exige observar la
relación entre potestad estatal, legalidad y protección de garantías.
En Ecuador la administración tributaria ha incrementado el uso de información digital,
cruces de datos, controles masivos y mecanismos de verificación documental, esta
transformación ha permitido mejorar la capacidad de reacción institucional frente a
incumplimientos, pero también ha generado nuevas preguntas sobre los límites de la
actuación administrativa y sobre la claridad de los actos emitidos en los procesos de
control.
El problema de investigación se concentra en determinar si las facultades de control y
los mecanismos de determinación aplicados en el sistema tributario ecuatoriano
mantienen un equilibrio suficiente entre la eficiencia recaudatoria y los derechos del
contribuyente, este problema resulta relevante porque una administración eficaz no solo
debe recaudar más, sino recaudar conforme a reglas claras y revisables.
La justificación del estudio se relaciona con la importancia de los ingresos tributarios
para financiar servicios públicos, estabilizar el presupuesto y sostener políticas sociales,
sin embargo la necesidad fiscal no puede desplazar las garantías de defensa, motivación,
proporcionalidad y seguridad jurídica, ya que la legitimidad de la recaudación depende
del cumplimiento simultáneo de ambos objetivos.
El marco constitucional ecuatoriano ubica al régimen tributario dentro de principios
como generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, equidad,
transparencia y suficiencia recaudatoria, estos principios permiten comprender que la
5
eficiencia no opera como una autorización ilimitada, sino como un mandato que debe
convivir con justicia material y respeto al procedimiento.
Desde la teoría de la administración tributaria, el control fiscal se entiende como una
herramienta para reducir brechas de cumplimiento y corregir asimetrías de información
entre el Estado y los sujetos pasivos, este enfoque se complementa con la gestión de
riesgos, que orienta los controles hacia sectores, operaciones o comportamientos con
mayor probabilidad de incumplimiento.
La teoría del cumplimiento tributario distingue entre cumplimiento forzado y
cumplimiento voluntario, el primero depende de auditorías, sanciones y capacidad de
detección, mientras el segundo se vincula con confianza, percepción de justicia y
facilidad para cumplir, esta distinción permite analizar por qué la fiscalización no debe
limitarse a coerción sino integrarse con asistencia y transparencia.
Los antecedentes internacionales muestran una tendencia hacia administraciones
tributarias basadas en datos, facturación electrónica, minería de información y
evaluación automatizada de riesgos, estos instrumentos aumentan la oportunidad del
control y reducen costos operativos, aunque también pueden producir decisiones opacas
cuando no se explican los criterios utilizados para seleccionar o tratar casos específicos.
En el contexto ecuatoriano, el Código Tributario reconoce facultades administrativas de
aplicación de la ley, determinación, resolución, sanción, transacción y recaudación, este
diseño concentra amplias competencias en la administración y obliga a examinar cómo
se garantizan la motivación, el acceso al expediente, la contradicción y la impugnación
cuando se emiten actos determinativos.
El desarrollo del artículo conserva el tema central de la fiscalización tributaria en
Ecuador y profundiza cinco ejes conectados entre sí, facultades de control,
determinación tributaria, procedimientos de fiscalización, eficiencia recaudatoria y
6
derechos del contribuyente, estos ejes permiten ordenar el análisis sin alterar el objeto
del estudio.
La recaudación tributaria reciente evidencia la relevancia práctica del tema, el informe
anual del Servicio de Rentas Internas reportó un crecimiento de la recaudación bruta en
2025 frente a 2024, con especial participación del impuesto al valor agregado y del
impuesto a la renta, esta expansión confirma la importancia de estudiar la relación entre
resultados fiscales y garantías procedimentales.
El objetivo general consiste en analizar críticamente la fiscalización tributaria en
Ecuador, considerando las facultades de control, los mecanismos de determinación y el
equilibrio entre eficiencia recaudatoria y derechos del contribuyente, este objetivo
permite abordar el fenómeno desde una perspectiva normativa, institucional y empírica
descriptiva.
Los objetivos específicos consisten en identificar las principales facultades de control de
la administración tributaria, examinar los mecanismos de determinación directa,
presuntiva y mixta, describir la evolución reciente de la recaudación administrada por el
Servicio de Rentas Internas, y valorar los riesgos jurídicos que afectan la protección del
contribuyente durante la fiscalización.
La hipótesis de trabajo sostiene que la fiscalización tributaria ecuatoriana mejora la
eficiencia recaudatoria cuando se apoya en información digital y determinación
motivada, pero puede afectar derechos del contribuyente cuando los controles carecen
de proporcionalidad, claridad de plazos, acceso suficiente a la información o
explicación comprensible de los fundamentos utilizados.
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Metodología
La investigación se desarrolló bajo un enfoque cualitativo con apoyo cuantitativo
descriptivo, debido a que el análisis principal se orientó a interpretar normas, principios,
doctrina y criterios institucionales, mientras los datos numéricos permitieron
contextualizar el peso recaudatorio de los mecanismos de control administrados por el
Servicio de Rentas Internas (Fondo Monetario Internacional [FMI], 2024).
El tipo de investigación fue documental, descriptivo y explicativo, documental porque
se revisaron normas y fuentes oficiales, descriptivo porque se organizaron las facultades
de control, los mecanismos de determinación y los resultados recaudatorios, explicativo
porque se interpretó la tensión entre eficiencia fiscal y garantías del contribuyente desde
una perspectiva crítica (Secretaría TADAT, 2019).
El diseño fue no experimental, observacional y transversal, no se manipuló ninguna
variable ni se aplicaron instrumentos a personas, el análisis se realizó sobre información
normativa, bibliográfica y estadística disponible durante el período de revisión, con
énfasis en el marco jurídico vigente y en la recaudación anual reportada para 2025
(Servicio de Rentas Internas [SRI], 2025).
La población documental estuvo integrada por normas tributarias ecuatorianas,
documentos institucionales del Servicio de Rentas Internas, literatura especializada
sobre administración tributaria y reportes internacionales sobre gestión de
cumplimiento, esta población resultó adecuada para examinar el fenómeno desde el
plano legal, administrativo y técnico (Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económicos [OCDE], 2024).
La muestra se seleccionó mediante criterio intencional, se incorporaron documentos que
abordaban potestades administrativas, derechos del contribuyente, determinación de
obligaciones, recaudación, gestión de riesgos y digitalización tributaria, se excluyeron
8
materiales sin identificación institucional, opiniones sin sustento normativo y
publicaciones ajenas al período o al objeto de estudio (Comisión Europea, 2023).
Los criterios de inclusión consideraron pertinencia temática, actualidad, autoridad de la
fuente y utilidad para responder a los objetivos planteados, se priorizaron normas
nacionales, reportes oficiales del Servicio de Rentas Internas y documentos técnicos de
organismos internacionales, esta selección permitió articular evidencia normativa con
datos de desempeño institucional (FMI, 2021).
Los criterios de exclusión descartaron fuentes duplicadas, textos meramente
divulgativos, documentos sin fecha verificable y materiales que no aportaban
información sobre fiscalización, determinación, control, derechos o recaudación, esta
depuración buscó reducir sesgos derivados de información secundaria poco confiable o
excesivamente general (Secretaría TADAT, 2019).
La técnica principal fue el análisis documental, complementado con revisión normativa
y sistematización de datos estadísticos, para ello se empleó una matriz de categorías que
organizó las fuentes según facultades administrativas, mecanismos de determinación,
garantías del contribuyente, eficiencia recaudatoria y riesgos de afectación
procedimental (Comisión Europea, 2023).
El instrumento utilizado fue una ficha de análisis documental, estructurada con campos
de identificación de la fuente, tipo de documento, categoría principal, contenido
relevante, aporte al objetivo y observación crítica, este instrumento permitió mantener
uniformidad en el registro y facilitar la comparación entre normas, reportes y literatura
especializada (Secretaría TADAT, 2019).
El procesamiento de datos cuantitativos se realizó con hojas de cálculo, se ingresaron
cifras oficiales de recaudación por impuesto, mes y provincia, luego se calcularon
participaciones porcentuales y variaciones nominales, finalmente se elaboraron tablas y
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gráficos simples para representar tendencias sin alterar la información de origen (SRI,
2025).
El análisis cualitativo se efectuó mediante codificación temática, las unidades de
análisis fueron fragmentos normativos, argumentos doctrinales y resultados
institucionales, cada unidad se relacionó con una categoría previamente definida y
posteriormente se interpretó en función del equilibrio entre potestad fiscal y garantías
procedimentales (Fondo Monetario Internacional [FMI], 2024).
La validez del análisis se fortaleció mediante triangulación de fuentes, las normas
internas se contrastaron con datos oficiales y con estándares internacionales de
administración tributaria, esta comparación permitió evitar una lectura exclusivamente
jurídica o exclusivamente económica, y favoreció una interpretación más completa del
objeto de estudio (OCDE, 2024).
La confiabilidad se abordó mediante registro ordenado de las fuentes, reproducción de
los datos numéricos utilizados y exposición transparente de los criterios de selección,
las tablas y gráficos derivan de cifras oficiales publicadas, por lo que cualquier lector
puede verificar la correspondencia entre los datos presentados y las fuentes
institucionales (SRI, 2025).
Las categorías centrales del análisis fueron fiscalización tributaria, facultades de control,
determinación tributaria, procedimientos de fiscalización, eficiencia recaudatoria y
derechos del contribuyente, cada categoría se examinó desde su base normativa, su
expresión administrativa y su efecto en la legitimidad del control fiscal (Asamblea
Nacional del Ecuador, 2023a).
Las dimensiones de la eficiencia recaudatoria se definieron a partir de crecimiento de
recaudación, cumplimiento de metas, concentración por impuesto, evolución mensual y
distribución territorial, estas dimensiones no se utilizaron para afirmar causalidad, sino
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para contextualizar la relevancia de los controles dentro de la gestión tributaria
ecuatoriana (SRI, 2025).
Las dimensiones de los derechos del contribuyente incluyeron trato imparcial,
información clara, acceso a actuaciones, motivación, defensa, impugnación,
confidencialidad y respeto a plazos, estas dimensiones se derivaron del Código
Tributario y de estándares administrativos asociados al debido proceso en materia fiscal
(Asamblea Nacional del Ecuador, 2023a).
La investigación no requirió consentimiento informado de participantes humanos,
porque no se aplicaron encuestas, entrevistas ni recolección de datos personales, las
consideraciones éticas se concentraron en el uso responsable de fuentes públicas, la cita
adecuada de autores y la representación fiel de la información estadística (Secretaría
TADAT, 2019).
La principal limitación metodológica consistió en la ausencia de trabajo de campo con
contribuyentes o funcionarios, esta decisión permitió profundizar en la dimensión
documental y normativa, pero impidió medir percepciones directas sobre trato
administrativo, confianza institucional o experiencia práctica durante auditorías y
determinaciones (Secretaría TADAT, 2019).
Otra limitación se relacionó con la imposibilidad de acceder a expedientes
administrativos individuales, debido a la reserva y confidencialidad de la información
tributaria, por ello el análisis no evaluó casos concretos sino tendencias normativas,
datos agregados y criterios generales aplicables a la fiscalización (Asamblea Nacional
del Ecuador, 2023a).
11
Resultados
El análisis documental permitió identificar que la fiscalización tributaria ecuatoriana se
sostiene en un conjunto de potestades administrativas amplias, entre ellas la aplicación
de la ley, la determinación de la obligación, la resolución de reclamos, la sanción, la
transacción y la recaudación, estas potestades se encuentran vinculadas por el principio
de legalidad (Asamblea Nacional del Ecuador, 2023).
La fiscalización no aparece como un acto aislado, sino como una secuencia de
actuaciones que puede iniciar con cruces de información, requerimientos documentales
o verificaciones, luego puede derivar en liquidaciones, actas, determinaciones o
sanciones, y finalmente puede ser revisada mediante vías administrativas o judiciales
disponibles para el sujeto pasivo (Asamblea Nacional del Ecuador, 2023).
Tabla 1.
Matriz de categorías para el análisis de la fiscalización tributaria
Categoría
Contenido observado
Fuente principal
Criterio de análisis
Facultades de control
Potestades para
verificar obligaciones,
requerir información,
revisar declaraciones,
contrastar datos,
practicar inspecciones
y ejercer funciones
determinadoras,
resolutivas,
sancionadoras,
recaudadoras y
transaccionales
Código Tributario y
SRI
Legalidad,
competencia y
proporcionalidad
Determinación
tributaria
Actos reglados para
establecer hecho
generador, sujeto
pasivo, base
imponible, cuantía del
tributo, intereses,
multas y diferencias
detectadas
Código Tributario
Motivación, prueba y
capacidad contributiva
12
Procedimientos de
fiscalización
Secuencia de
selección por riesgo,
notificación,
requerimiento de
información, revisión
documental,
valoración probatoria,
acta, liquidación,
determinación e
impugnación
Código Tributario,
SRI y doctrina técnica
Debido proceso,
trazabilidad y revisión
Eficiencia
recaudatoria
Resultados obtenidos
por control,
cumplimiento
voluntario, reducción
de brechas,
recuperación de deuda
y mejora de la calidad
del acto
administrativo
SRI 2025, OCDE,
CIAT y FMI
Suficiencia,
oportunidad y
sostenibilidad
Derechos del
contribuyente
Trato imparcial,
información y
asistencia, acceso al
expediente, reserva de
datos, defensa,
respuesta motivada,
impugnación y
devolución cuando
proceda
Código Tributario y
SRI
Seguridad jurídica y
garantía efectiva
Nota. Elaborado con base en el análisis documental de normativa tributaria, fuentes institucionales y
literatura especializada.
La matriz evidencia que la fiscalización tiene una dimensión jurídica y otra
administrativa, la primera delimita competencias, plazos y garantías, mientras la
segunda organiza información, recursos y prioridades de control, esta doble naturaleza
explica por qué la evaluación del sistema no puede reducirse al monto recaudado ni a la
cantidad de actos emitidos (OCDE, 2024).
Las facultades de control comprenden la posibilidad de verificar declaraciones, requerir
documentos, contrastar información de terceros, revisar registros contables y comprobar
hechos económicos, su ejercicio debe estar vinculado con una competencia legal
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expresa, una finalidad fiscal legítima y una actuación proporcional frente al riesgo
detectado (Asamblea Nacional del Ecuador, 2023).
La determinación tributaria constituye el momento en que la administración o el sujeto
pasivo precisan la obligación exigible, por ello no puede reducirse a una operación
aritmética, debe integrar hecho generador, base imponible, tarifa, sujeto obligado,
prueba disponible, motivación suficiente y respeto a la capacidad contributiva
(Asamblea Nacional del Ecuador, 2023).
Los procedimientos de fiscalización ordenan el tránsito entre la alerta inicial y el acto
administrativo final, incluyen selección del caso, notificación, requerimientos,
comparecencias, revisión documental, valoración de pruebas, comunicación de
diferencias, emisión de liquidación y posibilidad de impugnación, por esta razón
funcionan como garantía y no solo como trámite interno (Secretaría TADAT, 2019).
La eficiencia recaudatoria debe evaluarse más allá del monto ingresado al presupuesto,
también comprende oportunidad del cobro, reducción de brechas, disminución de
litigios innecesarios, calidad de los actos determinativos, facilidad para corregir
inconsistencias y fortalecimiento del cumplimiento voluntario (OCDE, 2024).
Los derechos del contribuyente operan como límites y condiciones de legitimidad de la
fiscalización, el trato imparcial, la información clara, la asistencia administrativa, la
confidencialidad, la defensa, la impugnación y la respuesta motivada permiten que el
control sea firme sin convertirse en una actuación arbitraria.
El elemento central de la facultad determinadora consiste en establecer la existencia del
hecho generador, el sujeto obligado, la base imponible y la cuantía del tributo, este
contenido muestra que la determinación no es una simple operación aritmética, sino una
decisión jurídica que debe apoyarse en hechos comprobables y razonamiento motivado
(Asamblea Nacional del Ecuador, 2023).
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Los mecanismos de determinación presentan diferentes niveles de intervención
administrativa, la determinación por el sujeto pasivo depende de la declaración
presentada, la determinación por el sujeto activo se activa cuando la administración
ejerce su potestad, y la determinación mixta se construye con datos requeridos al
contribuyente o a responsables relacionados.
La determinación directa se apoya en declaraciones, contabilidad, registros, información
de terceros y bases de datos institucionales, esta modalidad resulta adecuada cuando
existen documentos suficientes para reconstruir la obligación, pero exige asegurar que el
contribuyente pueda conocer, contrastar y explicar la información utilizada por la
administración.
La determinación presuntiva cumple una función excepcional, porque permite estimar la
obligación cuando no existen datos completos o confiables, sin embargo su uso requiere
especial cautela, ya que una presunción mal sustentada puede trasladar al contribuyente
una carga excesiva y debilitar el principio de realidad económica.
La dimensión recaudatoria mostró un desempeño creciente durante el período revisado,
la recaudación bruta administrada por el Servicio de Rentas Internas pasó de USD
20.131 millones en 2024 a USD 21.501 millones en 2025, este incremento equivale a
una variación relativa de 6,8 por ciento y supera la meta acumulada del año (SRI, 2025).
15
Tabla 2.
Recaudación por principales impuestos, 2024 y 2025
Impuesto
2024
2025
Variación
nominal
Variación relativa
Impuesto a la
Renta
6.639
7.042
403
6,1%
Impuesto al
Valor Agregado
10.045
11.078
1.032
10,3%
Impuesto a los
Consumos
Especiales
755
745
-10
-1,3%
Impuesto a la
Salida de Divisas
1.272
1.284
12
1,0%
Contribución
Temporal de
Seguridad
333
331
-2
-0,7%
Otros ingresos
904
1.021
118
13,0%
Total recaudado
bruto
20.131
21.501
1.369
6,8%
Nota. Cifras en millones de dólares, elaboradas con base en el Boletín Técnico Anual de recaudación
tributaria 2025 del Servicio de Rentas Internas (SRI, 2025).
16
Figura 1.
Recaudación bruta administrada por el Servicio de Rentas Internas
Nota. Cifras en millones de dólares, elaboradas con datos del Servicio de Rentas Internas (SRI, 2025).
Figura 2.
Composición de la recaudación tributaria 2025
Nota. IVA significa impuesto al valor agregado, ISD impuesto a la salida de divisas, ICE impuesto a los
consumos especiales, CTS contribución temporal de seguridad.
17
Los datos por impuesto muestran que el impuesto al valor agregado y el impuesto a la
renta concentran la mayor parte del ingreso administrado, esta estructura revela que la
fiscalización debe combinar controles sobre transacciones de consumo, retenciones,
autorretenciones, declaraciones societarias y operaciones con relevancia contable (SRI,
2025).
El crecimiento del impuesto al valor agregado fue el más relevante en términos
nominales, con un aumento de USD 1.032 millones, esta variación se relaciona con
cambios normativos y con la ampliación del control sobre operaciones internas e
importaciones, lo que confirma la sensibilidad de la recaudación ante ajustes legales y
mejoras administrativas (Asamblea Nacional del Ecuador, 2023).
El impuesto a la renta también mostró crecimiento, aunque con diferencias internas
entre retenciones, autorretenciones y declaraciones de personas jurídicas o naturales,
esta composición evidencia que la determinación no solo debe revisar resultados finales,
sino cadenas de pagos, agentes de retención y reportes que sostienen la base imponible
(SRI, 2025).
La reducción del impuesto a los consumos especiales indica que la eficiencia de control
no siempre se expresa como crecimiento en todos los rubros, algunos tributos pueden
disminuir por cambios económicos, cierre de contribuyentes relevantes o
modificaciones de consumo, por ello el análisis fiscal requiere separar cumplimiento,
actividad económica y diseño normativo (SRI, 2025).
La recaudación mensual muestra variaciones importantes durante 2025, los primeros
meses registraron aumentos frente al año anterior, abril y mayo tuvieron disminuciones,
julio presentó caída por la comparación con ingresos extraordinarios previos, y el último
18
trimestre retomó una trayectoria positiva, esta dinámica confirma que el control fiscal
opera dentro de ciclos económicos y normativos (SRI, 2025).
Figura 3.
Evolución mensual de la recaudación bruta, 2024 y 2025
Nota. Cifras en millones de dólares, elaboradas con datos mensuales oficiales del Servicio de Rentas
Internas (SRI, 2025).
La evolución mensual permite observar que la fiscalización y la recaudación no
dependen únicamente de auditorías posteriores, también influyen los calendarios de
declaración, el comportamiento de grandes contribuyentes, las retenciones, las reformas
de tarifa y los programas de cumplimiento, estos elementos deben considerarse al
evaluar resultados de la administración.
En términos territoriales, la recaudación se concentró en Pichincha y Guayas, provincias
que reúnen una parte significativa de la actividad económica formal, esta concentración
genera ventajas para el control por disponibilidad de información y volumen de
operaciones, pero también plantea la necesidad de fortalecer capacidades de
fiscalización en territorios con menor peso recaudatorio (SRI, 2025).
19
Tabla 3.
Provincias con mayor recaudación, 2024 y 2025
Provincia
2024
2025
Variación
nominal
Variación relativa
Pichincha
10.192
10.585
393
3,9%
Guayas
6.229
6.690
461
7,4%
Azuay
939
971
33
3,5%
Zamora
Chinchipe
617
857
240
39,0%
Manabí
399
451
52
13,1%
Tungurahua
292
348
56
19,0%
El Oro
291
338
47
16,1%
Cotopaxi
187
200
13
6,9%
Los Ríos
116
134
18
15,4%
Santo Domingo
de los Tsáchilas
110
132
22
19,7%
Nota. Cifras en millones de dólares, elaboradas con base en el Boletín Técnico Anual de recaudación
tributaria 2025 del Servicio de Rentas Internas (SRI, 2025).
20
Figura 4.
Provincias con mayor recaudación tributaria en 2025
Nota. Cifras en millones de dólares, se presentan las diez provincias con mayor recaudación en 2025.
La concentración territorial muestra que Pichincha registró USD 10.585 millones y
Guayas USD 6.690 millones en 2025, ambas provincias explican una parte sustancial de
la recaudación nacional, por lo que los controles dirigidos a grandes centros económicos
pueden tener alto rendimiento fiscal si se ejecutan con criterios de riesgo y garantías
claras (SRI, 2025).
Zamora Chinchipe presentó una variación relativa elevada, asociada a sectores
extractivos y a cambios en operaciones económicas relevantes, este comportamiento
demuestra que la administración debe adaptar sus controles a estructuras productivas
diferenciadas, ya que los riesgos de cumplimiento no se distribuyen de forma uniforme
en todo el territorio.
La variación negativa en provincias como Chimborazo y Esmeraldas confirma que el
resultado recaudatorio puede disminuir aunque exista gestión administrativa, por ello la
21
eficiencia debe evaluarse con indicadores complementarios, tales como cumplimiento
oportuno, reducción de brechas, calidad de actos determinativos y sostenibilidad de la
recaudación.
El análisis de derechos mostró que el Código Tributario reconoce garantías específicas
para los sujetos pasivos, entre ellas el trato imparcial, la información sobre obligaciones,
el conocimiento de actuaciones, la no presentación repetida de documentos, la
corrección de declaraciones y la impugnación de actos que se consideren lesivos.
Estas garantías cumplen una función estructural dentro de la fiscalización, porque
convierten el control en un procedimiento verificable y no en una imposición unilateral,
cuando el contribuyente conoce los hechos observados, las normas aplicables y los
medios de defensa, la administración fortalece la legitimidad de sus resultados
(Asamblea Nacional del Ecuador, 2023).
La motivación apareció como un punto decisivo, los actos determinativos deben
explicar la relación entre hechos, pruebas, normas y cuantía exigida, una liquidación
que solo presenta diferencias numéricas sin justificar su origen limita la contradicción y
puede transformar la eficiencia administrativa en una carga procesal injustificada.
El acceso a la información también resultó esencial, los controles basados en bases de
datos y cruces electrónicos requieren que el contribuyente conozca al menos los
elementos relevantes utilizados en su caso, de lo contrario se crea una asimetría
procedimental que dificulta corregir errores o aportar pruebas oportunas.
La digitalización incrementa la capacidad de detección, pero no elimina la necesidad de
valoración humana y motivación individualizada, los algoritmos, alertas o cruces
automáticos pueden seleccionar casos, aunque la decisión administrativa debe
sostenerse en hechos verificables, normas aplicables y razonamiento comprensible
(Centro Interamericano de Administraciones Tributarias [CIAT], 2025).
22
La caducidad de la facultad determinadora representa otro resultado jurídico relevante,
los plazos limitan la potestad administrativa y protegen la seguridad jurídica, por ello
las discusiones sobre verificación, redeterminación o revisión de actos previos deben
resolverse con reglas claras que eviten incertidumbre prolongada para el contribuyente.
Los resultados permiten establecer que la eficiencia recaudatoria y los derechos del
contribuyente no son objetivos excluyentes, la fiscalización se vuelve más efectiva
cuando los contribuyentes perciben reglas claras, controles proporcionales y
posibilidades reales de defensa, porque esa percepción reduce resistencia y favorece
cumplimiento voluntario (Kirchler et al., 2008).
También se identificó que la presión por alcanzar metas puede generar incentivos para
acelerar actuaciones, ampliar requerimientos o sostener criterios restrictivos, frente a ese
riesgo el sistema requiere controles internos, revisión de calidad, trazabilidad de
decisiones y capacitación permanente en garantías administrativas (Fondo Monetario
Internacional [FMI], 2024).
La fiscalización de grandes contribuyentes tiene importancia estratégica por su peso en
la recaudación, pero el control de pequeños y medianos sujetos pasivos debe ejecutarse
con criterios de simplicidad y asistencia, de lo contrario el costo de cumplimiento puede
superar la capacidad administrativa y económica del contribuyente (OCDE, 2024).
El uso de información de terceros fortalece la capacidad de determinar obligaciones,
especialmente cuando se relacionan facturas electrónicas, retenciones, importaciones,
pagos y registros contables, sin embargo la calidad de esos datos debe verificarse antes
de emitir actos definitivos, porque un error externo puede trasladarse indebidamente al
sujeto fiscalizado (CIAT, 2025).
La investigación evidenció que la fiscalización preventiva puede ser más compatible
con los derechos del contribuyente que la fiscalización puramente sancionadora, los
23
avisos tempranos, alertas de inconsistencias y correcciones asistidas permiten
regularizar errores sin llegar necesariamente a controversias extensas o costosas (FMI,
2021).
Los mecanismos de transacción incorporados en el sistema pueden servir para reducir
litigios y resolver controversias con mayor oportunidad, pero su uso requiere
transparencia, igualdad de trato y criterios públicos, de lo contrario podría percibirse
como una vía discrecional que favorece a contribuyentes con mayor capacidad de
negociación (Asamblea Nacional del Ecuador, 2023).
La reserva de información tributaria constituye una garantía para el contribuyente y una
condición de confianza institucional, las bases de datos empleadas en fiscalización
contienen información patrimonial y comercial sensible, por ello la eficiencia digital
debe acompañarse de seguridad, trazabilidad de accesos y responsabilidad funcional.
Los resultados de recaudación evidencian una administración con capacidad
significativa de obtención de ingresos, sin embargo el análisis crítico muestra que el
indicador monetario no basta para evaluar calidad institucional, una fiscalización
legítima debe medirse también por motivación de actos, respeto de plazos, reducción de
errores y tasa de controversias sostenibles (OCDE, 2025).
El equilibrio propuesto exige que cada facultad de control se asocie con una garantía
equivalente, el requerimiento de información debe vincularse con pertinencia, la
determinación con motivación, la sanción con proporcionalidad, la recaudación con
legalidad, y la digitalización con transparencia suficiente sobre los datos utilizados.
La novedad científica del estudio consiste en integrar datos oficiales recientes de
recaudación con un análisis normativo de garantías, esta integración permite observar
que el debate no se limita a la legalidad abstracta de la fiscalización, sino que incluye
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los resultados fiscales concretos y los riesgos procedimentales generados por la
modernización administrativa (SRI, 2025).
Las aplicaciones prácticas se orientan a mejorar protocolos de fiscalización, fortalecer
matrices de riesgo, diseñar comunicaciones más claras para contribuyentes y elaborar
criterios mínimos de motivación en actos determinativos, estas acciones pueden elevar
la eficacia del control y reducir controversias derivadas de falta de explicación
(Secretaría TADAT, 2019).
Discusión
Los resultados obtenidos confirman que la fiscalización tributaria cumple una función
indispensable dentro del Estado fiscal contemporáneo, la administración necesita
comprobar declaraciones, detectar inconsistencias y asegurar que la carga tributaria se
distribuya conforme a la ley, sin embargo esa función solo conserva legitimidad cuando
se ejecuta con garantías procedimentales efectivas.
La evidencia empírica muestra un crecimiento relevante de la recaudación tributaria en
Ecuador durante el período analizado, este comportamiento puede interpretarse como
señal de fortalecimiento institucional y de mejor aprovechamiento de los instrumentos
de control, aunque no permite afirmar por solo que todas las actuaciones
administrativas hayan respetado niveles adecuados de motivación, proporcionalidad y
transparencia (Servicio de Rentas Internas, 2025).
La relación entre eficiencia recaudatoria y derechos del contribuyente debe entenderse
como una relación de complementariedad, una fiscalización que recauda sin explicar
adecuadamente sus fundamentos puede obtener ingresos en el corto plazo, pero
deteriora la confianza, incrementa los reclamos y reduce la disposición al cumplimiento
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voluntario, lo que finalmente debilita la sostenibilidad del sistema tributario (Kirchler et
al., 2008).
Las facultades de control permiten a la administración tributaria verificar información,
requerir documentos, practicar cruces de datos y revisar el cumplimiento de
obligaciones formales y sustanciales, no obstante su ejercicio debe sujetarse a límites
jurídicos claros, porque el poder fiscalizador no puede transformarse en una actuación
ilimitada ni desconectada del debido proceso (Asamblea Nacional del Ecuador, 2023).
La determinación tributaria constituye uno de los momentos más sensibles del
procedimiento fiscalizador, porque convierte los hallazgos administrativos en una
obligación concreta para el contribuyente, por ello la determinación directa debe
preferirse cuando existan datos suficientes, mientras que la determinación presuntiva
debe mantenerse como mecanismo excepcional y debidamente motivado.
Los procedimientos de fiscalización requieren una secuencia ordenada de actuaciones,
la administración debe notificar, requerir, analizar, valorar pruebas y emitir una decisión
razonada, esta estructura no representa una carga innecesaria para el Estado, sino una
condición mínima para que el contribuyente comprenda el origen de la diferencia y
pueda ejercer defensa efectiva.
La gestión de riesgos permite orientar los recursos de fiscalización hacia contribuyentes,
sectores u operaciones con mayor probabilidad de incumplimiento, esta metodología
mejora la eficiencia administrativa porque evita controles indiscriminados, aunque
exige criterios objetivos, actualizados y revisables para impedir decisiones arbitrarias o
perfiles opacos (Fondo Monetario Internacional, 2024).
La digitalización tributaria amplía la capacidad de control mediante facturación
electrónica, anexos transaccionales, registros de pagos, declaraciones en línea y cruces
automáticos de información, sin embargo la automatización no debe sustituir el
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razonamiento jurídico, porque toda diferencia detectada por sistemas informáticos
necesita explicación comprensible y posibilidad real de contradicción (Banco
Interamericano de Desarrollo, 2023).
El riesgo de opacidad tecnológica merece especial atención dentro de la fiscalización
contemporánea, si el contribuyente recibe una glosa originada en cruces automatizados
pero no conoce qué dato, período, tercero o criterio produjo la diferencia, su defensa
queda debilitada, por ello el deber de motivación debe adaptarse a los procedimientos
digitales (Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, 2025).
La eficiencia recaudatoria no debe medirse únicamente por el monto ingresado al fisco,
también debe considerar la calidad de los actos emitidos, la reducción de errores, el
tiempo de respuesta, el número de controversias evitadas y la capacidad institucional
para promover cumplimiento voluntario, de lo contrario se confunde recaudación
inmediata con buena administración tributaria (OCDE, 2024).
Los derechos del contribuyente no constituyen obstáculos para la fiscalización, sino
condiciones de validez del procedimiento administrativo, el derecho a ser informado,
presentar pruebas, recibir decisiones motivadas, impugnar actos y no soportar cargas
documentales excesivas permite equilibrar la posición dominante de la administración
frente al sujeto pasivo.
La motivación de los actos determinativos debe incluir hechos, normas, pruebas y
razonamiento, esta exigencia permite que el contribuyente comprenda la diferencia
establecida y decida si paga, corrige, reclama o aporta nuevos elementos, una
motivación insuficiente convierte el procedimiento en una discusión desigual y dificulta
el control posterior de legalidad.
La proporcionalidad exige adecuar la intensidad del control al riesgo observado, no toda
inconsistencia amerita una auditoría exhaustiva ni todo incumplimiento formal debe
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generar una sanción severa, una administración tributaria moderna necesita distinguir
entre error involuntario, negligencia, incumplimiento reiterado y fraude deliberado.
La fiscalización preventiva ofrece un camino equilibrado entre control y garantía,
cuando la administración comunica inconsistencias y permite su corrección voluntaria
antes de iniciar procedimientos más gravosos, se reducen costos, litigios y sanciones
innecesarias, especialmente en errores vinculados con declaraciones, anexos,
retenciones o información de terceros (Fondo Monetario Internacional, 2021).
La carga documental representa uno de los principales riesgos prácticos de la
fiscalización, la administración puede solicitar información necesaria para comprobar
obligaciones, pero los requerimientos repetidos, excesivos o poco relacionados con el
objeto del control afectan especialmente a contribuyentes de menor tamaño y pueden
volver desproporcionado el procedimiento.
La seguridad jurídica exige que los contribuyentes conozcan durante cuánto tiempo sus
declaraciones pueden ser revisadas y bajo qué condiciones, los plazos de caducidad de
la facultad determinadora cumplen una función de cierre temporal del poder
administrativo, porque impiden que el sujeto pasivo permanezca sometido a
incertidumbre indefinida.
La fiscalización de obligaciones principales y la fiscalización de deberes formales deben
diferenciarse con claridad, las primeras se relacionan con la cuantía del tributo causado,
mientras las segundas se vinculan con declaraciones, anexos, comprobantes y registros,
ambas son relevantes, pero no deben recibir respuestas administrativas idénticas.
El impuesto al valor agregado facilita controles masivos por su relación con facturación,
compras, ventas y retenciones, no obstante también genera controversias frecuentes
sobre crédito tributario, devoluciones, diferencias entre información propia y de
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terceros, por ello su fiscalización exige validaciones rápidas y canales efectivos de
corrección.
El impuesto a la renta demanda una fiscalización más analítica, porque la base
imponible depende de ingresos, costos, gastos, deducciones, beneficios, precios de
transferencia y registros contables, esta complejidad exige mayor valoración probatoria
y decisiones que respeten la realidad económica de las operaciones.
La fiscalización territorial debe considerar la concentración económica de provincias
como Pichincha y Guayas, pero también debe observar sectores emergentes, actividades
extractivas, comercio digital y zonas con mayor informalidad, una estrategia equilibrada
no puede limitarse a los territorios donde resulta más fácil recaudar.
La transparencia debe entenderse como una condición de calidad administrativa, no
implica revelar estrategias sensibles de control ni exponer información reservada, pero
exige explicar las razones relevantes de la actuación, los datos utilizados y las normas
aplicadas, de modo que la defensa sea posible y la decisión pueda ser revisada.
La impugnación administrativa y judicial cumple una función institucional necesaria, no
debe verse como obstáculo para la recaudación, porque permite corregir errores,
uniformar criterios y mejorar la calidad de los actos futuros, una administración que
aprende de sus actos anulados fortalece su capacidad fiscalizadora.
El costo de cumplimiento también forma parte del análisis de eficiencia, una
administración puede aumentar la recaudación y al mismo tiempo imponer cargas
excesivas de tiempo, documentación y asesoría, si estos costos afectan inversión,
formalidad o continuidad de negocios, la política tributaria termina produciendo efectos
contrarios a sus propios fines.
La educación tributaria complementa las facultades de control, muchos
incumplimientos provienen de desconocimiento, cambios normativos frecuentes o
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dificultades en el uso de plataformas digitales, por ello la asistencia al contribuyente
permite reducir errores y concentrar auditorías en conductas de mayor riesgo.
La fiscalización de pequeños contribuyentes requiere especial prudencia, sus
incumplimientos suelen estar asociados con baja capacidad contable, informalidad
parcial o dificultades tecnológicas, una estrategia centrada únicamente en sanciones
puede empujar hacia mayor informalidad, mientras la simplificación y orientación
pueden mejorar el cumplimiento con menor costo social.
La gestión de grandes contribuyentes debe combinar seguimiento especializado y
control riguroso, su peso económico justifica atención diferenciada, pero esa cercanía
técnica debe documentarse adecuadamente para evitar discrecionalidad, trato desigual o
decisiones informales que afectan la confianza en el sistema.
La reserva de información plantea una tensión relevante, la administración debe
proteger datos confidenciales y al mismo tiempo revelar al contribuyente los elementos
necesarios para defenderse, ese equilibrio puede lograrse mediante acceso controlado al
expediente, explicación de fuentes relevantes y protección de datos de terceros.
La fiscalización basada en información de terceros debe aplicarse con cautela, los datos
provenientes de proveedores, clientes, instituciones financieras u otras entidades pueden
ser útiles, pero deben contrastarse con la documentación del contribuyente, porque
ninguna base de datos está libre de errores materiales, duplicidades o registros
desactualizados.
La eficiencia recaudatoria sostenible requiere legitimidad, si el contribuyente percibe
que el sistema es imprevisible, opaco o excesivamente punitivo, puede aumentar la
resistencia al cumplimiento, mientras que un sistema claro, proporcional y técnicamente
sólido favorece la cooperación y reduce la necesidad de controles costosos.
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La principal implicación práctica consiste en diseñar un modelo de fiscalización
escalonado, primero asistencia y prevención, luego control selectivo por riesgo, después
determinación motivada cuando existan elementos suficientes, y finalmente sanción
proporcional sólo cuando se configure un incumplimiento atribuible al contribuyente.
El expediente administrativo digital debe fortalecerse como garantía y como
herramienta de eficiencia, cada requerimiento, respuesta, cruce de información y
decisión debería quedar registrado de forma trazable, esto permitiría mejorar la defensa
del contribuyente, la supervisión interna y el control posterior de legalidad.
La investigación permite sostener que la autoridad fiscal no pierde fuerza cuando
respeta derechos, por el contrario gana capacidad institucional, porque un acto
motivado, proporcionado y trazable tiene mayor probabilidad de ser cumplido,
defendido y confirmado, mientras un acto débil genera resistencia y consume recursos
administrativos y judiciales.
Las limitaciones del estudio invitan a desarrollar investigaciones empíricas futuras, sería
útil aplicar encuestas a contribuyentes fiscalizados, entrevistas a funcionarios, análisis
de sentencias y revisión de actos determinativos anonimizados, con ello podría medirse
la distancia entre el diseño normativo y la práctica administrativa.
El equilibrio entre eficiencia recaudatoria y derechos del contribuyente no es una meta
fija, sino un proceso de ajuste continuo, cada reforma normativa, avance tecnológico o
cambio económico altera la forma de fiscalizar, por ello el sistema necesita evaluación
permanente, corrección institucional y rendición de cuentas.
En síntesis, la fiscalización tributaria ecuatoriana debe avanzar hacia un modelo técnico,
preventivo, proporcional y garantista, capaz de recaudar lo debido sin convertir la
eficiencia en una justificación para debilitar derechos, porque la verdadera fortaleza de
la administración no está solo en cobrar más, sino en cobrar correctamente.
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Conclusiones
La fiscalización tributaria en Ecuador constituye una función necesaria para asegurar el
cumplimiento de las obligaciones fiscales y sostener la suficiencia recaudatoria, sin
embargo su legitimidad depende de que cada actuación administrativa se mantenga
dentro de límites legales, temporales y probatorios claramente identificables.
Las facultades de control reconocidas en el Código Tributario otorgan a la
administración herramientas amplias para verificar hechos generadores, sujetos
obligados, bases imponibles y cuantías, pero esas herramientas deben ejecutarse como
actos reglados y motivados, no como manifestaciones discrecionales orientadas
únicamente al incremento de ingresos.
Los mecanismos de determinación directa, presuntiva y mixta cumplen funciones
diferenciadas dentro del sistema, la determinación directa debe ser prioritaria cuando
existan datos suficientes, la presuntiva debe conservar un carácter excepcional, y la
mixta debe garantizar que la información requerida sea pertinente, verificable y
discutible por el contribuyente.
Los procedimientos de fiscalización requieren una secuencia clara, documentada y
revisable, la selección por riesgo, la notificación, el requerimiento de información, la
valoración de pruebas y la emisión del acto administrativo deben funcionar como
garantías efectivas para evitar decisiones opacas o desproporcionadas.
Los datos oficiales de 2025 muestran crecimiento de la recaudación bruta administrada
por el Servicio de Rentas Internas, con predominio del impuesto al valor agregado y del
impuesto a la renta, este resultado confirma la relevancia de los controles fiscales,
aunque no sustituye la necesidad de evaluar la calidad jurídica de los procedimientos.
La eficiencia recaudatoria y los derechos del contribuyente no deben entenderse como
polos incompatibles, una administración que motiva adecuadamente, respeta plazos,
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comunica datos relevantes y permite defensa efectiva puede recaudar con mayor
legitimidad, reducir litigios y fortalecer el cumplimiento voluntario.
La digitalización ofrece oportunidades importantes para mejorar la selección de casos,
cruces de información y detección temprana de inconsistencias, pero también exige
nuevas garantías de transparencia, confidencialidad y explicación suficiente,
especialmente cuando las actuaciones se originan en sistemas automatizados o bases de
datos de terceros.
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Referencias Bibliográficas
Allingham, M. G., & Sandmo, A. (1972). Income tax evasion: A theoretical analysis.
Journal of Public Economics, 1(3-4), 323-338.
https://doi.org/10.1016/0047-2727(72)90010-2
Asamblea Constituyente del Ecuador. (2008). Constitución de la República del Ecuador.
Registro Oficial No. 449.
https://www.defensa.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2021/02/Constitucio
n-de-la-Republica-del-Ecuador_act_ene-2021.pdf
Asamblea Nacional del Ecuador. (2023a). Código Tributario. Servicio de Rentas
Internas.
https://www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/ecfc5e
70-e0cf-4f52-b2ba-8c4fc8035f68/Codigo_Tributario_20_junio_2023.pdf
Asamblea Nacional del Ecuador. (2023b). Decreto Ley Orgánica para el Fortalecimiento
de la Economía Familiar. Servicio de Rentas Internas.
https://www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/a83307
3b-ee25-4d61-83b2-9df97d12d13f/LEFAM_20122023.pdf
Asamblea Nacional del Ecuador. (2023c). Ley Orgánica de Eficiencia Económica y
Generación de Empleo. Servicio de Rentas Internas.
https://www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/bc4b99
83-05f1-4a7a-a7c6-8a7cb2ec5572/LEY%20ORG%C3%81NICA%20DE%20EF
ICIENCIA%20ECON%C3%93MICA%20Y%20GENERACI%C3%93N%20D
E%20EMPLEO.pdf
Banco Interamericano de Desarrollo. (2023). Digitalization of tax administration in
Latin America and the Caribbean: Best practice framework for improving
e-services to taxpayers.
34
https://publications.iadb.org/publications/english/document/Digitalization-of-Ta
x-Administration-in-Latin-America-and-the-Caribbean-Best-Practice-Framewor
k-for-Improving-E-Services-to-Taxpayers.pdf
Centro Interamericano de Administraciones Tributarias. (2025). Systems integration in
tax administration 3.0.
https://www.ciat.org/systems-integration-in-tax-administration-3-0/?lang=en
Comisión Europea. (2023). Compliance risk management in the digital era.
https://taxation-customs.ec.europa.eu/system/files/2024-01/2023_CRM_Guide.p
df
Fondo Monetario Internacional. (2021). Compliance risk management for tax
administration leaders.
https://www.imf.org/-/media/files/topics/fiscal/revenue-portal/compliance-risk-m
anagement-for-tax-administration-leaders.pdf
Fondo Monetario Internacional. (2024). Tax administration: Essential analytics for
compliance risk management.
https://www.imf.org/-/media/files/publications/tnm/2024/english/tnmea2024001.
pdf
Kirchler, E., Hoelzl, E., & Wahl, I. (2008). Enforced versus voluntary tax compliance:
The slippery slope framework. Journal of Economic Psychology, 29(2), 210-225.
https://doi.org/10.1016/j.joep.2007.05.004
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. (2024). Tax
Administration 2024: Comparative information on OECD and other advanced
and emerging economies.
https://www.oecd.org/content/dam/oecd/en/publications/reports/2024/11/tax-adm
inistration-2024_5c4606e4/2d5fba9c-en.pdf
35
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. (2025). Tax
Administration 2025: Comparative information on OECD and other advanced
and emerging economies.
https://www.oecd.org/en/publications/2025/11/tax-administration-2025_6360fad
8.html
Secretaría TADAT. (2019). TADAT field guide. Tax Administration Diagnostic
Assessment Tool.
https://www.tadat.org/content/dam/tadat/en/assessments/TADAT%20Field%20G
uide%202019%20-%20English.pdf
Servicio de Rentas Internas. (2025). Boletín técnico anual: Informe de recaudación
tributaria 2025.
https://www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/b8d41f
9b-dffb-4c97-946f-a1fcc1172e98/Bolet%C3%ADn%20T%C3%A9cnico%20An
ual_2025.pdf
Servicio de Rentas Internas. (s. f.). Estadísticas generales de recaudación SRI.
https://www.sri.gob.ec/estadisticas-generales-de-recaudacion-sri
Servicio de Rentas Internas. (s. f.). ¿Qué derechos tengo como contribuyente?
https://www.sri.gob.ec/que-derechos-tengo-como-contribuyente
36